- Derechos iguales para extranjeros: Una de las razones por las que Costa Rica es un imán para los inversionistas internacionales es que aquí, los extranjeros tienen los mismos derechos de propiedad que los ciudadanos costarricenses. Esto significa que se puede comprar una casa frente al mar o una villa en la montaña sin restricciones legales (salvo ciertas excepciones con propiedades en zonas marítimas terrestres).
- Sin necesidad de residencia: No se necesita ser residente para comprar propiedades en Costa Rica. Puede ser turista y aún así invertir en bienes raíces en Costa Rica.. Sin embargo, si planea quedarse a disfrutar de su inversión, podría considerar solicitar una residencia más adelante.
- Mercado amigable: El proceso de compra es bastante sencillo, y Luxury Living Costa Rica l Forbes Global Properties estará presente para acompañarle a lo largo del camino. Ofrecemos conocimiento local con alcance global y entendimiento cultural, para una experiencia confiable y segura.
Requisitos y regulaciones legales para inversores internacionales
Para comprar una propiedad en Costa Rica, hay ciertos requisitos legales que se deben cumplir.
- Registro de la propiedad: Todas las propiedades deben estar registradas en el Registro Público de la Propiedad Costa Rica, al cual tienen acceso todos los ciudadanos. Esto permitirá verificar si la propiedad tiene un título claro y sin problemas legales.
- Sociedades anónimas: Muchas propiedades en Costa Rica se compran a través personerías jurídicas, lo cual puede ser beneficioso para fines de protección de activos, facilita la gestión y la transferencia de la propiedad, y permite además una mejor planificación patrimonial y sucesoria,
- Zonas marítimo-terrestres: Si lo que desea adquirir es una propiedad en la playa, tenga en cuenta que el régimen que regula la zona marítimo-terrestre en Costa Rica se llama Régimen de la Zona Marítimo Terrestre, y su principal marco legal es la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre (Ley No. 6043), promulgada en 1977. Esta ley define, regula y administra el uso de la franja costera de 200 metros de ancho medidos a partir de la pleamar ordinaria (la línea de marea alta). Dentro de esa zona:
- Los primeros 50 metros son de uso público absoluto, inalienables e imprescriptibles.
- Los 150 metros restantes (llamados “zona restringida”) pueden ser aprovechados bajo concesiones otorgadas por las municipalidades, pero no pueden ser vendidos como propiedad privada.
- Impuestos y costos adicionales: Además del precio de la propiedad, deben considerarse otros costos como el impuesto de traspaso de la propiedad (1.5% del valor de la propiedad), y los honorarios legales. En Costa Rica la comisión del agente inmobiliario la cubre el vendedor a menos que se firme un acuerdo independiente entre el comprador y el corredor para una representación exclusiva que incluya el pago de honorarios.